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           La Organización de las Naciones Unidas,  en el Preámbulo de la
ya citada Declaración de los Derechos del Niño, considera "que el niño,
por su falta de maduez física  y  mental,  necesita  protección  y  cuidado
especiales,  incluso  la  debida  protección  legal,  tanto  antes como des-
pués del nacimiento."

          En  primer  lugar,  hablamos  de  abuso  y  negligencia  prenatal 
cuando  una  mujer  que está cursando un embarazo, de manera cons-
ciente o inconsciente, por acción o por omisión, perjudica la salud del 
hijo que está gestando.

          El consumo de alcohol, tabaco, y otras sustancias adictivas como
marihuana, cocaína  -por nombrar algunas-  por  parte  de la madre, la 
no  concurrencia  a  realizarse  los  controles  médicos  necesarios  du-
rante todo el embarazo, el  consumo indiscriminado de medicamentos 
sin prescripción médica,  son  algunas  de las conductas maternas  que
afectan la calidad de vida intrauterina, ponen en riesgo la vida del hijo 
por nacer y  condicionan la salud del niño una vez nacido.  

          Pero  igualmente afecta  la  calidad de vida del feto, el  maltrato
a que  pueda  estar  sometida  la  madre  por  parte  del padre del  hijo 
que espera, que repercute en la salud física y psicológica de ésta.  Mu-
chas veces los abusos físicos  (puñetazos y puntapiés)  van dirigidos  di-
rectamente al vientre de la madre, es decir, al hijo,  y  pueden ser cau-
santes  de  malformaciones  en el feto, causar su muerte o dar origen a 
un bebé de bajo peso al nacer, etc.  También  es  posible  que  en  una 
pareja  en  la que existe violencia doméstica, el abuso sexual esté pre-
sente y,  por tanto, la posibilidad  de  que  la madre contraiga enferme-
dades venéreas y SIDA durante el embarazo. 

         
ABUSO Y NEGLIGENCIA PRENATAL