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amnistía internacional

EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA MUJER:

La necesidad de un mecanismo habilitador
a nivel internacional

 

Diciembre de 1997 RESUMEN ÍNDICE AI: IOR 51/04/97/s

DISTR: SC, IGO, IWN (48/97)

El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Convención sobre la Mujer) creará un mecanismo que permitirá al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer desempeñar las siguientes tareas en relación con los países que lo ratifiquen: 1) recibir denuncias relativas a violaciones específicas de la Convención; 2) llevar a cabo investigaciones sobre las violaciones graves o sistemáticas de la Convención. Así, el Protocolo creará un mecanismo de reparación para las violaciones individuales y permitirá al Comité abordar de forma más efectiva las violaciones en masa. En la Declaración y Plataforma de Acción de Pekín los gobiernos se comprometieron a redactar sin demora ese Protocolo Facultativo.

Amnistía Internacional respalda la redacción de un Protocolo Facultativo enérgico que establezca un procedimiento para presentar denuncias y otro para efectuar investigaciones. Las garantías respecto a los derechos humanos de la mujer incluidas en la Convención sobre la Mujer son más específicas que las contempladas en cualquier otro tratado de derechos humanos, y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tiene más experiencia en las cuestiones relativas al género que cualquier otro órgano de expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El Protocolo Facultativo ofrecerá un recurso a las víctimas que no tienen ninguna otra instancia a la que acudir y alentará el desarrollo de enfoques que tengan en cuenta la cuestión del género por parte de los órganos encargados de vigilar el cumplimiento de otros instrumentos de derechos humanos de la ONU.

Amnistía Internacional pide a los gobiernos que se comprometan firmemente a aprobar un Protocolo Facultativo enérgico, en cumplimiento de la promesa formulada en Pekín y como medida para crear las condiciones necesarias para que las mujeres puedan reclamar sus derechos a nivel internacional. El Grupo de Trabajo encargado de la redacción del Protocolo volverá a reunirse durante el periodo de sesiones de 1998 de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, que se celebrará en la sede de la ONU en Nueva York del 2 al 13 de marzo de 1998. Durante este periodo, el Grupo de Trabajo iniciará la segunda lectura del proyecto. Amnistía Internacional cree que el Protocolo puede y debe ser aprobado en 1998, teniendo en cuenta que el objetivo principal consiste en lograr el acuerdo sobre un texto enérgico. Ésta sería una manera auténticamente constructiva de celebrar el 50º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Un Protocolo enérgico sólo puede elaborarse a partir de elementos enérgicos. Los más importantes son: 1) conceder permiso para presentar denuncias a los individuos, grupos y organizaciones que han sufrido perjuicios a consecuencia de una violación o de un incumplimiento de la Convención o que tienen un interés suficiente en el asunto; 2) facultar al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para pedir que se tomen medidas provisionales de protección a las víctimas o para mantener el statu quo mientras se llega a una conclusión sobre los fundamentos de su denuncia; 3) crear un procedimiento enérgico de investigación que permita al Comité combatir de forma más efectiva el fenómeno de la discriminación grave o sistemática; 4) prohibir cualquier reserva al Protocolo; 5) abarcar todos los derechos fundamentales incluidos en la Convención sobre la Mujer. Estos y otros aspectos vitales del Protocolo se discuten de forma más exhaustiva en el documento adjunto.

Una de las vías para conseguir el texto más enérgico posible será velar por que las organizaciones no gubernamentales puedan hacer aportaciones durante todo el debate sobre el Protocolo, tal y como han hecho regularmente en el caso de la elaboración de otras normas como la Convención sobre los Derechos del Niño.

PALABRAS CLAVE: INSTRUMENTOS DE DERECHOS HUMANOS1 / MUJERES1 / CONTACTOS CON EL GOBIERNO DEL PROPIO PAÍS / ONU / ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

Este informe resume el documento de 25 páginas (10.517 palabras) titulado El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Mujer: La necesidad de un mecanismo habilitador a nivel internacional (Índice AI: IOR 51/04/97/s), publicado por Amnistía Internacional en diciembre de 1997. Quien desee más información o emprender alguna acción al respecto deberá consultar ese documento

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Texto publicado en Chasque