Dirección General de Servicios Agrícolas
División Análisis y Diagnóstico
Ampliación de los usos autorizados de productos fitosanitarios
Resolución del 14 de febrero de 2006
Resolución del 20 de marzo de 2006
Dirección General de Servicios Agrícolas
División
Análisis y Diagnóstico
Millán 4703
CP 12.900 Telefax.: (0598-2) 309.22.19
Correo Electrónico: dgsa@chasque.apc.org
Web: htpp://www.chasque.apc.org/dgsa
VISTO:
La gestión promovida por JUNAGRA,
INIA, Facultad de Agronomía y AFRUPI en su carácter de integrantes de la
Comisión Coordinadora de Producción Integrada
(Asunto número 2341/2005).
RESULTANDO: Que por la gestión de referencia
se solicita ampliación de los usos autorizados de productos fitosanitarios
formulados a base de una serie de ingredientes activos para el control de
determinadas plagas en diferentes cultivos.
CONSIDERANDO: I) Sobre la base de la información
aportada, se han expedido los servicios técnicos de esta Dirección aconsejando
autorizar el uso de productos fitosanitarios formulados a base de Buprofezin,
Cloropirifos, Fosmet, Imidacloprid y Spinosad para el control de las plagas y
en los cultivos que se indicarán por ser eficaces para los fines propuestos.
II)
Conveniente, por las razones expuestas, autorizar el uso de los productos a
base de dichos ingredientes
activos en los cultivos, dosis y
condiciones de aplicación que para cada caso se indican.
ATENTO: a lo dispuesto en los Decretos 149/77
de 15 de marzo de 1977, 143/02 de 19 de abril de 2002 y 294/04 de 11 de agosto de 2004.
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE
1.
Autorizar
el uso de productos fitosanitarios a base de Buprofezin, Cloropirifos, Fosmet,
Imidacloprid y Spinosad bajo las siguientes condiciones:
2.
Las
firmas registrantes que a la fecha
cuenten con registros de productos fitosanitarios a base de los ingredientes
activos antes indicados, podrán agregar
en su correspondiente etiqueta las
recomendaciones que en cada caso se indican sin previa solicitud expresa a la
DGSA.
3.
Por
el Departamento Administración notifíquese a través de JUNAGRA a la Comisión
Coordinadora de la Producción Integrada, remítase copia de la presente
resolución a las firmas registrantes que se indican a fs. 24 y publíquese en la
página web de la DGSA.
4.
Cumplido, pase a conocimiento y archivo
por parte del Departamento de Control de Insumos.
Dirección General de Servicios Agrícolas
División
Análisis y Diagnóstico
Millán
4703 CP 12.900 Telefax.: (0598-2) 309.22.19
MONTEVIDEO 20 MARZO 2006
VISTO:
La gestión promovida por
JUNAGRA, INIA, Facultad de Agronomía y AFRUPI en su carácter de integrantes de
la Comisión Coordinadora de Producción Integrada
(Asunto número 2006-0140).
RESULTANDO:
Que por la gestión de referencia se solicita ampliación de los usos
autorizados de productos fitosanitarios formulados a base de una serie de
ingredientes activos para el control de determinadas plagas en diferentes
cultivos.
CONSIDERANDO:
I) Sobre la base de la información aportada, se han expedido los servicios técnicos
de esta Dirección aconsejando autorizar el uso de productos fitosanitarios
formulados a base de Buprofezin, Cloropirifos,Diazinon, Imidacloprid
,Lambdacialotrina y Spinosad
para el control de las plagas y en los cultivos que se indicarán por ser
eficaces para los fines propuestos.
II)
Conveniente, por las razones expuestas, autorizar el uso de los productos a base
de dichos ingredientes activos
en los cultivos, dosis y condiciones de aplicación que para cada caso se
indican.
ATENTO:
a lo dispuesto en los Decretos 149/77 de 15 de marzo de 1977, 143/02 de 19 de
abril de 2002 y 294/04 de 11 de
agosto de 2004.
LA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE
1.
Autorizar el uso de productos fitosanitarios a base de Buprofezin,
Cloropirifos, Diazinon Lambdacialotrina, Imidacloprid y Spinosad bajo las
siguientes condiciones:
2.
Las firmas registrantes que
a la fecha cuenten con registros de productos fitosanitarios a base
de los ingredientes activos antes indicados,
podrán agregar en su correspondiente etiqueta
las recomendaciones que en cada caso se indican sin previa solicitud
expresa a la DGSA.
3.
Por el Departamento Administración notifíquese a través de JUNAGRA a
la Comisión Coordinadora de la Producción Integrada, remítase copia de la
presente resolución a las firmas registrantes y publíquese en la página web
de la DGSA.
4.
Cumplido, pase a conocimiento y
archivo por parte del Departamento de Control de Insumos.