Dirección General
de Servicios Agrícolas
Millán 4703 CP 12.900 Telefax: (0598-2) 309.22.19
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Correo Electrónico: dgsa@chasque..net
Web: htpp: //www.chasque.net/dgsa
Montevideo, 12
de junio de 2006.-
VISTO: los
proyectos de etiqueta presentados en oportunidad de gestionar las solicitudes
de registro y renovación de productos fitosanitarios.
RESULTANDO:
Que por Decreto N°294/2004 de fecha 11 de agosto de 2004 se establecieron las
especificaciones que deberán contener las etiquetas de los productos
fitosanitarios cuyo registro se
pretende.
CONSIDERANDO: Necesario instrumentar, en el marco de las disposiciones reglamentarias
vigentes, mecanismos tendientes a uniformizar y sistematizar la presentación de
la información contenida en los correspondientes textos de etiqueta.
ATENTO: A lo previsto en el
Decreto 294/004 de 11 de agosto de 2004 y a lo sugerido por la División
Análisis y Diagnóstico
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
RESUELVE:
1.
Toda solicitud de
registro o renovación de productos fitosanitarios que se tramite a partir de la
vigencia de la presente Resolución, deberá presentarse acompañada del
proyecto de etiqueta en el formato y
condiciones que se especifican en Anexo a la presente Resolución el cual forma parte de la misma.
2.
Sin perjuicio de lo
indicado en el literal anterior, se comenzará el proceso de revisión y
adecuación de los textos de etiqueta ya aprobados y que cuenten con registro
vigente a cuyos efectos será requerido a las firmas registrantes, en los casos
que corresponda, ampliación de
información.
3.
A los
efectos previstos en el literal A6 del artículo 1º del Decreto 294/004 de 11 de
agosto de 2004, autorízase la utilización del número de lote de fabricación el
que deberá proporcionarse a la División Análisis y Diagnóstico al momento de la
importación.
4.
La presente Resolución
entrará en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial.
5.
Comuníquese, publíquese
y difúndase por intermedio del sitio web.
ANEXO
A)
Identificación del producto:
Nombre comercial:
Aclaración: La denominación comercial no debe dar impresión falsa sobre la
composición ni propiedades del producto, ya sea haciendo resaltar un
ingrediente de menor importancia, o recordando la denominación de otro no
contenido en el mismo, ni aptitudes que no posee.
Se podrá utilizar el nombre genérico del producto, agregando términos
o palabras que permitan distinguirlo de otros productos registrados;
Clase de uso (aptitud):
Tipo de formulación:
Composición del producto:
Nombre común del ingrediente
activo (ISO) |
Porcentaje en peso(p/p) |
Contenido en volumen |
|
|
|
Grupo químico a que pertenece el ingrediente activo:
Número de Registro:
Número del lote o partida:
Fecha de fabricación del producto (mes y año):
Fecha de vencimiento (mes y año): ó Tiempo de validez del producto (en
años):
Nombre del fabricante o formulador:
País de origen
Nombre y dirección de la firma Registrante:
Instrucciones de almacenamiento:
Generalidades, modo de acción sobre la plaga o el cultivo
Instrucciones de uso:
Cultivo ó sitio de aplicacion |
Plaga (1) |
Dosis |
Observaciones (2) |
|
|
Nombre
común |
Nombre
cientifico |
|
--------------------- |
|
|
|
|
|
(1)Si el producto no tiene acción biocida(Insecticida,herbicida etc) indicar
el tipo de efecto Ej regulación de
maduración)
(2) Observaciones.- Para cada uso o sitio de aplicación
especificar seguidamente:
Momento(s) de aplicación:
para cada combinación
Número, frecuencia, ó espaciamiento de aplicaciones si corresponde
Compatibilidad y Fitotoxicidad
Tiempo de espera
Otras
informaciones NECESARIA respecto al uso .
Modo de preparación y técnica de
aplicación
(Resolución Ministerial de 14 de mayo de 2004)
C) Precauciones y
Advertencias:
Clasificación Toxicológica:
Antídotos:
Primeros Auxilios:
La franja
de color referida a peligrosidad y pictogramas irán en la parte inferior de la
etiqueta
Precauciones para evitar daños a las personas que lo aplican o manipulan
y a terceros:
Equipos de protección personal a utilizar durante la preparación y
aplicación del producto:
Advertencias sobre protección del medio ambiente y peligrosidad a
organismos acuáticos y peces, aves y abejas:
Disposición final de envases.-
D)
Leyendas de advertencia
obligatorias:
"MANTENER FUERA DEL ALCANCE DE
LOS NIÑOS Y DE PERSONAS INEXPERTAS".
"EN CASO DE INTOXICACIÓN LLAMAR AL CIAT TELEF: 1722.
“CONCURRIR AL MÉDICO LLEVANDO LA
ETIQUETA, EL FOLLETO O EL ENVASE".
"NO TRANSPORTAR NI ALMACENAR CON ALIMENTOS"
"NO LAVAR LOS EQUIPOS DE APLICACIÓN EN LAGOS, RÍOS Y OTRAS FUENTES DE
AGUA".
Producto
autorizado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
"USO
AGRÍCOLA".
"LEA ATENTAMENTE LA ETIQUETA (Y EL FOLLETO ADJUNTO -si existe-) ANTES DE
USAR EL PRODUCTO".
NOTA
Dejo constancia
que:
1.- La información antes indicada será ordenada en una, dos, tres o cuatro
columnas o cuerpos (indique cual de las opciones ) de acuerdo a lo dispuesto
por los incisos D y E del articulo. 1ro y lo dispuesto por el inciso G del
articulo 1ro del decreto 294/004 del 11 de agosto de 2004 , y que
las etiquetas del producto a la venta estarán impresas de acuerdo a lo
dispuesto por los inciso F y G del mismo decreto
2. Los envases utilizados serán los
descriptos a continuación:
Tipo |
Material |
Capacidad |
|
|
|
|
|
|
Ing Quim responsable Ing Agr Responsable
Representante
Legal de la Firma Registrante