Dirección  General  de  Servicios  Agrícolas

República Oriental del Uruguay - Montevideo

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Montevideo, 12 de junio de 2006.-            

 

 

VISTO: los proyectos de etiqueta presentados en oportunidad de gestionar las solicitudes de registro y renovación de productos fitosanitarios.

 

RESULTANDO: Que por Decreto N°294/2004 de fecha 11 de agosto de 2004 se establecieron las especificaciones que deberán contener las etiquetas de los productos fitosanitarios cuyo registro  se pretende.

 

CONSIDERANDO: Necesario instrumentar, en el marco de las disposiciones reglamentarias vigentes, mecanismos tendientes a uniformizar y sistematizar la presentación de la información contenida en los correspondientes textos de etiqueta.

 

ATENTO: A lo previsto en el  Decreto 294/004 de 11 de agosto de 2004 y a lo sugerido por la División Análisis y Diagnóstico

 

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS

RESUELVE:

 

1.      Toda solicitud de registro o renovación de productos fitosanitarios que se tramite a partir de la vigencia de la presente Resolución, deberá presentarse acompañada del proyecto  de etiqueta en el formato y condiciones que se especifican en Anexo a la presente Resolución el cual  forma parte de la misma.

2.      Sin perjuicio de lo indicado en el literal anterior, se comenzará el proceso de revisión y adecuación de los textos de etiqueta ya aprobados y que cuenten con registro vigente a cuyos efectos será requerido a las firmas registrantes, en los casos que corresponda,  ampliación de información.

3.      A los efectos previstos en el literal A6 del artículo 1º del Decreto 294/004 de 11 de agosto de 2004, autorízase la utilización del número de lote de fabricación el que deberá proporcionarse a la División Análisis y Diagnóstico al momento de la importación.

4.      La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial.

5.      Comuníquese, publíquese y difúndase por intermedio del sitio web.

 


ANEXO

 

CONTENIDO DE LA ETIQUETA

 

A)  Identificación del producto:

 

Nombre comercial: 

 

Aclaración:      La denominación comercial no debe dar impresión falsa sobre la composición ni propiedades del producto, ya sea haciendo resaltar un ingrediente de menor importancia, o recordando la denominación de otro no contenido en el mismo, ni aptitudes que no posee.

Se podrá utilizar el nombre genérico del producto, agregando términos o palabras que permitan distinguirlo de otros productos registrados;  

          

Clase de uso (aptitud):

 

Tipo de formulación:

Composición del producto:

Nombre común del ingrediente activo (ISO)

Porcentaje en peso(p/p)

Contenido en volumen

 

 

 

 

Grupo químico a que pertenece el ingrediente activo:

Número de Registro:

Número del lote o partida:

Fecha de fabricación del producto (mes y año):

 

Fecha de vencimiento (mes y año): ó Tiempo de validez del producto (en años):


Nombre del fabricante o formulador:

 

País de origen

 

Nombre y dirección de la firma Registrante:


 Instrucciones de almacenamiento:

 

 

 

B) Recomendaciones de uso

 

Generalidades,  modo de acción sobre la plaga o el cultivo

 

Instrucciones de uso:

 

Cultivo ó sitio de aplicacion

Plaga (1)

Dosis

Observaciones

           (2)

 

Nombre común

Nombre cientifico

 

---------------------

 

 

 

 

 

 

(1)Si el producto no tiene acción biocida(Insecticida,herbicida etc) indicar el  tipo de efecto Ej regulación de maduración)

(2) Observaciones.- Para cada uso o sitio de aplicación especificar seguidamente:

           Momento(s) de aplicación: para cada combinación 


           Número,  frecuencia, ó   espaciamiento de aplicaciones si corresponde

          Compatibilidad y Fitotoxicidad

          Tiempo de espera

 
          Tiempo de reingreso al cultivo

 

Otras informaciones NECESARIA respecto al uso .

 

 Cualquier información que complete el conocimiento del modelo de uso

 

Modo de preparación y técnica de aplicación

(
Resolución Ministerial de 14 de mayo de 2004)


 C)  Precauciones y Advertencias:

 

 

Clasificación Toxicológica:

Antídotos:
Primeros Auxilios:

 

La franja de color referida a peligrosidad y pictogramas irán en la parte inferior de la etiqueta

 

Precauciones para evitar daños a las personas que lo aplican o manipulan y a terceros:

 

Equipos de protección personal a utilizar durante la preparación y aplicación del producto:

Advertencias sobre protección del medio ambiente y peligrosidad a organismos acuáticos y peces, aves y abejas:

 

Disposición final de envases.-



D)  Leyendas  de advertencia obligatorias:

 

 

"MANTENER FUERA DEL ALCANCE DE LOS NIÑOS Y DE PERSONAS INEXPERTAS".

"EN CASO DE INTOXICACIÓN LLAMAR AL CIAT TELEF: 1722.

 

“CONCURRIR AL MÉDICO LLEVANDO LA ETIQUETA, EL FOLLETO O EL ENVASE".

"NO TRANSPORTAR NI ALMACENAR CON ALIMENTOS"

"NO LAVAR LOS EQUIPOS DE APLICACIÓN EN LAGOS, RÍOS Y OTRAS FUENTES DE AGUA".



Producto autorizado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

 

"USO AGRÍCOLA".


"LEA ATENTAMENTE LA ETIQUETA (Y EL FOLLETO ADJUNTO -si existe-) ANTES DE USAR EL PRODUCTO".
 

NOTA

Dejo constancia que:

1.-  La  información antes indicada  será ordenada en una, dos, tres o cuatro columnas o cuerpos (indique cual de las opciones ) de acuerdo a lo dispuesto por los incisos D y E del articulo. 1ro y lo dispuesto por el inciso G del articulo  1ro  del decreto 294/004 del 11 de agosto de 2004 ,  y que  las etiquetas del producto a la venta estarán impresas de acuerdo a lo dispuesto por los inciso F y G del mismo decreto

 

 

2.         Los envases utilizados serán los descriptos a continuación:

Tipo

Material

Capacidad

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  Ing Quim responsable                                           Ing Agr Responsable
 

 

Representante Legal de la Firma Registrante