vecinet N. 1.220 - marzo de 2026
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Cierre del Carnaval en marzo de 1984:
Memoria de una noche en la que el silencio se volvió resistencia
"La Mueca desfiló… en silencio" se estrenó en el 2do. Congreso Académico Interdisciplinario sobre Carnaval Uruguayo, apoyado por el Museo del Carnaval. Fue una instancia muy emotiva y con mucha gente, siempre en la línea de recuperación de la Memoria...
Se trata de un documental testimonial sobre una situación vivida por la Murga durante el desfile de cierre del Carnaval en marzo de 1984.
En el documental, se revive el histórico gesto de la Murga que recorrió 18 de Julio sin cantar ni tocar como protesta frente a la represión en las Llamadas y la detención de una de sus integrantes.
Mario Ipuche y Dionel Scariato reconstruyen la memoria de una noche en la que el silencio se volvió resistencia.
Un desfile mudo, un país bajo los últimos estertores de la dictadura y una murga que decidió transformar un desfile en acto político. A partir de testimonios, archivos y recuerdos de sus protagonistas, el film recupera el impacto simbólico de aquello que todavía hoy emociona: el día en que La Mueca eligió callar para hablar más fuerte.
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SUMARIO
1 – Preocupación por convenio entre UdelaR y ANCAP en torno a la exploración de hidrocarburos
2 – Proteger los mares de Uruguay ante las incoherencias de la política
3 – ¿Información de interés público sobre el mar supeditada a autorización de ANCAP?
4 – Coordinadora de la Sub-200 lidera acuerdo con ANCAP que decreta investigación como "confidencial"
5 – La INDDHH interpuso acción de amparo para detener la prospección sísmica offshore y proteger el ecosistema marino
6 - Mariana Mota sobre rechazo al amparo para frenar búsqueda de petróleo: “Hubiera sido deseable que se discutiera el tema de fondo”
1 – La Ciencia no es neutra: preocupación por convenio entre Facultad de Ciencias y ANCAP en torno a la exploración de hidrocarburos
Red Unión de la Costa, Marzo de 2026
La Red Unión de la Costa (RUC) expresa su profunda preocupación por el Convenio firmado entre la Facultad de Ciencias y ANCAP [Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland] con el objeto de generar conocimiento previo a la construcción de un pozo exploratorio petrolero en la Zona Económica Exclusiva de Uruguay (Bloque OFF-6). Los motivos principales que fundan nuestra preocupación y rechazo son los siguientes:
1- La información generada en el marco del Convenio corre riesgo de ser de difícil acceso para la población y de tener sesgos por tener que pasar por el filtro de ANCAP antes de ser publicada.
2- Las contrataciones que se están haciendo en el marco del Convenio son precarias y llevan a la perpetuación de un sistema perverso que tiende a silenciar a las voces expertas.
3- La falta de transparencia en el manejo del dinero que ANCAP transfiere a la Universidad.
1- Como es de público conocimiento, gracias a una nota publicada por Víctor Bachetta en el Zumbido, el 23 de enero de este año la Facultad de Ciencias, representada por
su Decano Juan Cristina, firmó un Convenio con ANCAP el cual establece las condiciones del suministro al ente estatal de una información disponible en la academia sobre el ecosistema en la zona del mar territorial donde la empresa extranjera APA propone construir un pozo exploratorio de petróleo. En el marco del Convenio no se generarán datos nuevos pero se recopilará y sistematizará información existente, parte de la cual surge de la reciente expedición Uruguay SUB200: Viaje a lo desconocido, aunque eso no está dicho explícitamente en el Convenio. Como bien explica Bachetta en su nota, el convenio incluye cláusulas de confidencialidad y de propiedad intelectual, que según nuestro entender contradicen lo que está establecido en la Ley Orgánica de la Universidad (Nro. 12.549) y ponen en riesgo la rigurosidad del conocimiento generado y el acceso público al mismo.
Dicha Ley establece en su Artículo 2 que uno de los fines de la Universidad es contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública. En el Convenio firmado está mencionado lateralmente dicho artículo pero, al mismo tiempo, queda explícito que toda información que se genere en el marco del convenio deberá contar con la autorización de ANCAP antes de ser divulgada (inciso Sexto). Es claro que todo lo relativo al fondo marino es de interés general y que la información referida a la exploración y explotación de hidrocarburos
debe ser considerada de interés público. Es por eso que no comprendemos que se introduzcan cláusulas de confidencialidad y condicionamientos al conocimiento que se genera en el Convenio. De hecho, nos resulta amenazante que la ANCAP (empresa pública interesada en la explotación de hidrocarburos) sea la que tenga que autorizar qué información se divulga y cuál no. Por lo tanto exigimos que se revise el Convenio firmado y que, en el caso que se mantenga como está, la información generada sea publicada por la Facultad de Ciencias antes de pasar por el filtro de ANCAP. No debemos olvidar que estamos hablando de dineros públicos, tanto los aportados por ANCAP como los recursos aportados por la UdelaR [Universidad de la República].
2- No solamente consideramos que el Convenio es un error de la Facultad de Ciencias, y de toda la UdelaR, sino que nos preocupan las condiciones en que el mismo se está llevando a cabo. Es de nuestro conocimiento que se están renovando cargos en el marco de este Convenio en Facultad de Ciencias, que se votan el lunes 9 de marzo en el Consejo de dicha Facultad. Las contrataciones originales no sabemos por cuál sesión del Consejo pasaron. Se trata de cinco renovaciones de grados 1 de 20 horas cada uno. Mirando la escala de sueldos de la Universidad para 2026 encontramos que dichas personas recibirán una remuneración nominal mensual de $ 23.462. Haciendo cuentas, los sueldos de las cinco personas por seis meses (que es lo que dura el Convenio) no llegan a ser un quinto de todo el dinero que la Universidad recibe por este trabajo. Considerando que la responsable del Convenio, la Dra. Leticia Burone (co-coordinadora de la expedición Uruguay Sub200) tiene un grado 3 con dedicación total ($ 183.584 mensuales de base) y no debería recibir una compensación extra en el Convenio, nos preguntamos: ¿Es justo que se realicen estas contrataciones con sueldos mínimos cuando el dinero que hay comprometido en el Convenio es mucho mayor? ¿No será que el sistema se aprovecha de la falta de oferta laboral para licenciados en Ciencias Biológicas y otras carreras de la Facultad de Ciencias para hacer estas contrataciones vergonzosas? ¿Cómo nos aseguramos que va a haber profesionales imparciales que van a poder contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública?
3- Por último, y vinculado al punto anterior, nos preguntamos: ¿En qué se va a gastar el resto del dinero del Convenio? Ya que no se van a generar datos nuevos y que no se va a destinar este dinero a ninguna campaña, en qué se van a gastar los restantes 80.000 dólares que no se destinan a contrataciones? Ya que en el Convenio no está
el desglose de los gastos, ¿dónde se puede encontrar esa información?
Asimismo, corresponde recordar que Uruguay es parte del Acuerdo de Escazú, tratado internacional que establece obligaciones en materia de acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia temas ambientales.
La Red Unión de la Costa reconoce la importancia de la cooperación entre organismos públicos, empresas estatales y la academia. Sin embargo, entiende que los convenios de investigación no deberían imponer restricciones incompatibles con la naturaleza de la investigación científica ni con el carácter público de la universidad.
El conocimiento científico sobre el ambiente marino, especialmente cuando se genera en instituciones públicas, debe estar al servicio de la sociedad. Cuando ese conocimiento queda sujeto a cláusulas de confidencialidad y de revisión por parte de una empresa, se debilita uno de los pilares fundamentales de la ciencia: su carácter abierto, público y verificable.
2 – Proteger los mares de Uruguay ante las incoherencias de la política
por Omar Defeo (Laboratorio de Ciencias del Mar UNDECIMAR e Instituto de Ciencias Oceánicas, Universidad de la República, Montevideo, Uruguay) y Nelson Rangel-Buitrago (Programa de Física, Universidad del Atlántico, Barranquilla, Atlántico, Colombia)
[Carta de los científicos publicada originalmente en inglés en la edición de la revista Science del 23.10.25]
En 2025, Uruguay reconoció la importancia de los océanos al crear el Instituto de Ciencias Oceánicas (ICO)[¹], cuyo objetivo es fomentar una gobernanza ambiental basada en datos empíricos, y al realizar el primer relevamiento científico sistemático que abarcó profundidades entre 200 y 3500 metros[²]. Sin embargo, mientras se fortalecen la ciencia y la conservación, otras decisiones van en la dirección opuesta. La exploración offshore de hidrocarburos en curso y la urbanización costera socavan las metas de conservación marina del país[³,⁵].
Uruguay ha autorizado exploraciones sísmicas para evaluar el potencial de recursos hidrocarburíferos en zonas que estaban propuestas como áreas marinas protegidas[⁶], poniendo en peligro cañones submarinos y zonas críticas para la biodiversidad. Aunque a menudo se justifican por sus supuestos beneficios económicos, estas actividades contradicen los compromisos climáticos de Uruguay alineados con el Acuerdo de París y pueden aumentar las emisiones. La exploración offshore también afecta a las pesquerías –que ya sufren las consecuencias del calentamiento oceánico[⁷]–, al desplazar las especies buscadas por los pescadores, reducir las tasas de captura e interferir con las zonas de desove, además de degradar la vida marina mediante perturbaciones acústicas, alteración de hábitats y contaminación[⁸]. Estos planes de exploración agravan las vulnerabilidades ecológicas y socioeconómicas existentes, particularmente dentro de la zona crítica de calentamiento del Atlántico Sudoccidental[⁹], y entran en conflicto con la matriz energética diversificada del país y sus compromisos históricos en materia de sostenibilidad[¹⁰].
En la zona costera, los problemas también son evidentes. La débil aplicación de las normas que rigen el uso del suelo, junto con el desarrollo costero[³] y la agricultura intensiva, continúa degradando las costas, estuarios, playas y dunas de Uruguay, contribuyendo a la eutrofización y las floraciones algales nocivas[¹¹,¹²]. Estas floraciones han erosionado las pesquerías artesanales[⁹] y deteriorado la calidad del agua[¹²]. Las respuestas gubernamentales –como el barrido mecánico de playas y la geoingeniería– abordan los síntomas en lugar de las causas de fondo[¹,⁹]. Además, el desarrollo costero mal regulado, especialmente la construcción de complejos turísticos y segundas residencias, ha destruido dunas, modificado las líneas de costa e incrementado el vertido de aguas residuales, acelerando así la erosión[³,⁴]. Las soluciones efectivas requieren intervenciones sistémicas a escala de cuenca[⁵,¹²].
La protección de los mares de Uruguay requiere una gobernanza participativa, un monitoreo riguroso y una rendición de cuentas genuina. En lugar de políticas que priorizan las ganancias económicas a corto plazo sobre la salud ambiental a largo plazo, el país debe implementar una gestión oceánica duradera[³,⁵]. Uruguay debe hacer cumplir las normas que rigen el uso del suelo y las cuencas, detener la construcción en las dunas y planificar un desarrollo costero sostenible. Una moratoria permanente sobre nuevos proyectos petroleros offshore –junto con inversiones en energías renovables y en ciencia marina– constituiría el pilar fundamental para una resiliencia oceánica de base comunitaria a largo plazo.
REFERENCIAS Y NOTAS
[¹]O. Defeo et al., “Propuesta para la creación del Instituto de Ciencias Oceánicas (ICO), Universidad de la República, Uruguay,” documento de propuesta, UdelaR. (2024).
[²]A. Carranza et al., “Visualizing the Deep off Uruguay,” Schmidt Ocean Institute Expedition report, 22 de agosto a 19 de setiembre de 2025.
[³]O. Defeo et al., Ocean Coast. Manag. 259, 107468 (2024).
[⁴]L. Orlando, L. Ortega, O. Defeo, Ecol. Indic. 111, 106036 (2020).
[⁵]G. Jorge-Romero, M. Elliott, O. Defeo, Ocean Coast. Manag. 262, 107551 (2025).
[⁶]Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), “Actualización de la exploración de hidrocarburos offshore Uruguay,” (ANCAP, 2025).
[⁷]I. Gianelli et al., Reg. Environ. Change 23, 49 (2023).
[⁸]C. M. Duarte et al., Science 371, eaba4658 (2021).
[⁹]O. Defeo et al., Mar. Policy 173, 106584 (2025).
[¹⁰]B. Fornillo, J. M. Kariuki, “Energy transition in Uruguay: The most promising case in Latin America,” in Energia Progresiva: An Intertemporal Analysis of Latin America and the Caribbean’s Energy Landscape in the Industrial Age (Springer Nature, 2025), pp. 225–248.
[¹¹]C. Kruk et al., Glob. Change Biol. 29, 1774 (2023).
[¹²]A. L. Ciganda et al., Ocean Coast. Manage. 258, 107387 (2024).
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LEER TAMBIÉN:
Áreas Marinas Protegidas en Uruguay
Libro sobre el proyecto titulado “Hacia una implementación de áreas marinas protegidas como herramientas para el manejo y conservación de la fauna marina costera en Uruguay”, Omar Defeo y otros (2009)
3 – ¿Información de interés público sobre el mar supeditada a autorización de ANCAP?
por Víctor L. Bacchetta (El zumbido, 24.02.26)
Un convenio entre la Facultad de Ciencias y ANCAP bajó los requisitos de confidencialidad y propiedad intelectual, deja en manos del ente estatal la decisión sobre el uso futuro de información sobre el ecosistema marino, en la zona donde se proyectan nuevas perforaciones petroleras.
El Convenio firmado, el 23 de enero pasado, por el Decano de la Facultad de Ciencias, Juan Cristina, por la Universidad de la República (UdelaR), y Andrea Rivoir, Gerente de Medio Ambiente, Seguridad, Salud y Calidad de ANCAP, establece las condiciones del suministro al ente estatal de una información disponible en la academia sobre el ecosistema en la zona del mar territorial donde la empresa extranjera APA propone construir un pozo exploratorio de petróleo.
La propuesta de APA Exploration forma parte del Contrato firmado con ANCAP, en la Ronda Uruguay Abierta de 2023, en el Bloque 6, de unos 3.500 kilómetros cuadrados, en la Zona Económica Exclusiva de Uruguay, entre 2 mil y 3 mil metros de profundidad. APA presentó el proyecto de perforación al Ministerio de Ambiente en agosto de 2025, que lo clasificó en la Categoría "C", y no ha presentado aún el Estudio de Impacto Ambiental requerido.
El nuevo Convenio se inscribe en el convenio marco de Cooperación Técnica y Científica firmado por ANCAP y la UdelaR en 1994. Sería un convenio más entre otros similares si no tuviera unas características peculiares que ya generaron debate al ser presentado en la Facultad de Ciencias y que, en la aprobación por el Consejo Directivo Central de la UdelaR, el 18 de diciembre de 2025, transfiere a ANCAP la autoridad del uso de una información de alto interés público.
Como veremos más adelante, el convenio incluye cláusulas de confidencialidad y de propiedad intelectual, que son habituales en los contratos de asesoramiento técnico firmados por la UdelaR con otras instituciones o empresas donde el que paga es propietario de la información generada. Pero este Convenio no genera nuevas informaciones, sino que el resultado es una recopilación del amplio acervo de información existente sobre el ecosistema marino uruguayo.
Este acervo está constituido por toda la información recogida en los estudios e investigaciones científicas sobre el mar de la UdelaR y otras instituciones académicas del país a lo largo de los años. Información enriquecida por la expedición Uruguay SUB200: Viaje a lo desconocido, entre agosto y septiembre de 2025, considerada el hito más importante en la historia de la oceanografía uruguaya por el volumen y la novedad de la información recolectada.
Hallazgos de la expedición Uruguay SUB200
¿Cuál es la relevancia especial de esas informaciones en el momento actual? Que son la mayor y mejor evidencia disponible sobre el ecosistema marino uruguayo cuando se están reiniciando las exploraciones petroleras, como el propio Convenio menciona. Son la información necesaria para medir en el futuro los impactos ambientales generados, son la Línea de Base que permite comparar el estado actual del ecosistema con las consecuencias de esas actividades.
Contenidos del Convenio
El Objeto del Contrato es explicitado en el artículo SEGUNDO de la siguiente manera:
a- Relevar el conocimiento existente, mediante la recopilación de la información relevante disponible correspondiente a la zona donde se estudia la construcción de un pozo exploratorio petrolero y el entorno relevante (Bloque OFF-6).
b- El diseño de una campaña oceanográfica para cubrir vacíos de información relativa a la hidrodinámica local y regional, la morfología del fondo y su composición sedimentar, incluyendo organismos micro y meiofaunales (relevantes como indicadores de condiciones ambientales), los diferentes componentes de la biodiversidad, haciendo especial énfasis en ecosistemas vulnerables, comunidades o especies de fondo, demersales y pelágicas entendido como tales, especies de la columna de agua), que cumplan servicios ecosistémicos importantes, que sean de interés para la conservación o de interés pesquero, entre otros criterios a considerar.
El Contrato prosigue con un listado exhaustivo de los componentes de la biodiversidad marina a ser incluidos en el diseño de la campaña oceanográfica que organizaría ANCAP, incluyendo los indicadores del estado de conservación, para los monitoreos en el tiempo del "eventual Programa de Seguimiento Ambiental asociado al Proyecto de Pozo Exploratorio Petrolero" (sic).
En la sección de las obligaciones de los firmantes, se establece taxativamente que las de la Facultad de Ciencias son realizar la recopilación de información y el diseño del muestreo de la campaña para generar la información definida, mientras que las de ANCAP serán abonar a la Facultad, en carácter de contraprestación, 100 mil dólares estadounidenses contra la entrega del producto final. La campaña no tiene lugar en este Convenio, sino que será organizada eventualmente más adelante.
El artículo SEXTO del Convenio configura el traspaso de la información de interés público preexistente a la propiedad de ANCAP, que decidirá su uso de ahora en adelante. "La Facultad de Ciencias podrá realizar comunicaciones y/o publicaciones científicas previa autorización de ANCAP" (sic). Y agrega que los autores de dichos trabajos deberán mencionar la participación de ANCAP en los mismos y "dicha divulgación deberá contar con el aval de la Jefatura de Medio Ambiente de ANCAP".
Para que no queden dudas al respecto, el Convenio expone a continuación que "desde la Facultad de Ciencias se remitirá a la Jefatura de Medio Ambiente de ANCAP el borrador que será difundido o publicado" para que el ente formule observaciones en salvaguarda de la confidencialidad.
En cuanto a la confidencialidad, en el artículo SÉPTIMO se establece que "Las partes se obligan a guardar la más absoluta confidencialidad respecto de cualquier información considerada e identificada como tal claramente al momento de la divulgación, como sensible y/o de potencial importancia estratégica para ANCAP". ¿Qué información puede ser sensible y/o de potencial importancia estratégica para ANCAP, si se trata de información previamente disponible y de interés público?
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LEER TAMBIÉN:
Solicitan la anulación del convenio entre la Udelar y ANCAP por petroleras (10.03.26)
Presentaron un recurso de revocación y jerárquico contra el convenio entre la Facultad de Ciencias, en nombre de la Universidad de la República (UdelaR), y ANCAP que declaró confidencial información sobre la situación del mar uruguayo en la zona de operación de empresas petroleras...
4 – Coordinadora de la Sub-200 lidera acuerdo con ANCAP que decreta investigación como "confidencial", donde la petrolera estadounidense Apache pretende realizar un pozo exploratorio
por Rosario Touriño (Brecha, 13.03.26)
La oceanógrafa que lideró la expedición Sub-200 es la impulsora de un convenio por el que se le entregará a ANCAP información relevante sobre el bloque oceánico en el que perforará la petrolera APA y que quedará sujeta a cláusulas de "confidencialidad". El acuerdo provocó grandes discrepancias en la Facultad de Ciencias y no fue avalado por el servicio de la docente: el Instituto de Ecología. A pesar de las advertencias sobre la afectación de la "independencia" de la facultad, la UdelaR avaló el convenio a cambio de 100 mil dólares.
En noviembre del año pasado la entrada del borrador de un convenio en la Facultad de Ciencias (FCIEN) presagió un fin de año complejo. La doctora en Oceanografía y profesora adjunta del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales (IECA) Leticia Burone, también coordinadora de la expedición "Uruguay Sub-200. Viaje a lo desconocido", introdujo a consideración de la facultad un posible acuerdo con ANCAP que caería como un balde de agua fría en algunos ámbitos universitarios. El proyecto irrumpía en medio de un caldeado escenario instalado por la inminente autorización ambiental de las prospecciones sísmicas de hidrocarburos en las aguas oceánicas uruguayas.
El eventual convenio, aprobado por el directorio de ANCAP en octubre, apuntaba a obtener una recopilación de información científica relevante en el bloque OFF-6, donde la petrolera estadounidense Apache (APA Corporation) pretende realizar un pozo exploratorio en busca de petróleo y gas. Además, el acuerdo prevé "cubrir vacíos de información" y diseñar muestreos destinados al monitoreo de la hidrodinámica local y regional, la morfología del fondo marino y su composición sedimentar, incluidos organismos micro y meiofaunales, y los diferentes componentes de la biodiversidad, con énfasis en "los ecosistemas vulnerables" prioritarios para la conservación o por su interés pesquero. La contraparte por el lado de ANCAP sería la gerenta de Medio Ambiente, Seguridad Social y Calidad, la ingeniera Andrea Rivoir. El contrato del ente con la FCIEN, con la intermediación de la científica, que lideró junto con su colega Alvar Carranza la expedición en el Falkor (Too), también se argumenta en la necesidad de concretar la ejecución de una campaña oceanográfica para construir "una línea de base ambiental" que permita realizar una evaluación de impacto y posterior seguimiento de la actividad perforatoria. Más allá de la pregunta por la pertinencia de que la contraparte en este convenio sea la petrolera estatal –es decir, el organismo interesado en explotar el recurso natural– y no la autoridad de referencia en el control de la actividad productiva –el Ministerio de Ambiente (MA)–, serían otras cláusulas del convenio las que causarían división en la FCIEN.
El texto establece que "las partes se obligan a mantener la más absoluta confidencialidad" sobre cualquier información definida como "sensible" o "estratégica" por ANCAP a la que se acceda durante o después de la ejecución del convenio. Tal como informó el periodista Víctor Bacchetta en el portal El Zumbido (24-II-26), los datos obtenidos con fines académicos o considerados sensibles no podrán divulgarse salvo autorización expresa del ente. Como esos párrafos contienen elementos también sensibles, pero para la autonomía del conocimiento, el borrador se envió a la Unidad de Propiedad Intelectual de la Universidad de la República (UdelaR), que mejoró la redacción de las cláusulas en cuestión (contenidas en los apartados sexto y séptimo), aunque no eliminó totalmente los condicionamientos: en el texto final vuelve a leerse que ANCAP debe autorizar todo uso académico de la investigación científica producida y mantiene el derecho al veto de la divulgación de los datos que considere estratégicos.
Sin embargo, en su momento, cuando el proyecto del convenio salió de los cauces burocráticos y desembarcó en los ámbitos académicos, cundió la sorpresa. Varios profesores grado 5 de diversas disciplinas pertenecientes a las ciencias ambientales se mostraron contrarios a la firma del acuerdo, no solo por considerarlo inoportuno en el contexto de la movilización social contra la exploración petrolera en el país, sino por las cuestiones éticas subyacentes. Esto es: la entrega a la petrolera estatal de datos científicos sobre los ecosistemas marinos a cambio de un monto económico supondría un profundo perjuicio para la independencia académica de la FCIEN, considerando, además, que se trata de una práctica de altísimo riesgo ambiental, tal como determina la propia categorización de la actividad adjudicada por el MA. Todo esto agravado por el carácter "confidencial" con el que podría quedar embargada la información –que incluso podría llegar a comprender insumos recogidos por la propia Sub-200–, de espaldas a la sociedad y sin una apertura democrática del conocimiento producido por la UdelaR. Entre los investigadores disidentes hubo varios catedráticos y uno de ellos es Marcel Achkar, el director del IECA, la unidad académica a la que pertenece Burone, quien sería designada como la docente responsable del convenio.
Achkar plasmó en una carta la opinión contraria de la comisión directiva del instituto a que la FCIEN firmase institucionalmente un convenio de esta naturaleza y, sobre todo, sin que en la UdelaR se diera un debate profundo sobre este tipo de actividades extractivas de gran impacto ecológico, social, económico y cultural. Si bien en la misiva se resalta la importancia de la cooperación técnica y científica entre la UdelaR y ANCAP, se argumenta que las dimensiones ambientales acarreadas por la exploración en busca de recursos energéticos en la zona económica exclusiva (ZEE) de Uruguay debería demandar "un amplio debate nacional" con participación diversa, en el que la universidad debería ser un actor importante en la discusión estratégica: "Consideramos que este proceso no se ha dado internamente ni en la UdelaR ni en la FCIEN". Luego se establece que la facultad "no puede ni debe" asumir actividades orientadas a la intervención en la prospección de hidrocarburos en la ZEE, más aun si se considera que "investigadores con reconocida trayectoria han manifestado los inconvenientes del desarrollo de estas actividades".
El responsable del IECA también consideró en su nota que dentro del principio de la "libertad de cátedra" cada docente puede construir sus líneas de investigación y establecer acuerdos de cooperación orientados por este principio, "pero sin comprometer a la institución". En este sentido, dejó consignado, después de recabar información con diversos actores y especialistas en la temática, que el proyecto de convenio es una propuesta construida por una docente de la FCIEN con ANCAP "sin consultas institucionales sobre su pertinencia, contenidos y alcances". Y que "no corresponde al IECA, como instituto académico, pronunciarse sobre dicho acuerdo de trabajo, ya que se trata de una propuesta personal de la docente".
Por tanto, consignó el director: "a) la FCIEN no es contraparte del acuerdo de trabajo; b) el IECA considera que se debe continuar trabajando de forma independiente en la generación de conocimiento sobre la ZEE; c) las propuestas de intervención en la ZEE que se plantean implican riesgos multidimensionales que deben ser considerados, y d) la FCIEN debe ser muy cuidadosa en su política institucional, prestando especial atención a la transparencia en la gestión de los acuerdos". Finalmente, se recomienda que este convenio "no sea considerado un acuerdo institucional" de la FCIEN y se sugiere realizar un acuerdo de trabajo de la docente Burone, en ejercicio de su libertad de cátedra como docente del IECA, concluyó Achkar.
Sin embargo, a pesar de esta importante advertencia institucional y bajo el criterio de que no existía ninguna ilegalidad, la postura del IECA no sería la mayoritaria. El convenio sería avalado por la facultad y no se reduciría a una asesoría técnica individual.
Entre gallos y mediasnoches
El borrador del convenio llegó a los órganos de decisión universitarios no solo en una fecha muy especial del año, sino también en un momento de transición en la propia facultad. La decana Mónica Marín se encontraba de licencia, ya en el tramo final de su gestión, y estaba en funciones interinas Ana Denicola. Muy pocos días faltaban para el último Consejo Directivo Central (CDC) de 2025 (el máximo organismo universitario también debía aprobar el convenio) y para que asumiera el futuro decano, Juan Cristina (que ya supo estar al frente de la FCIEN entre 2010 y 2018), quien, a la postre, firmaría el convenio con ANCAP a nombre de la casa universitaria.
En esos tiempos urgidos por el calendario se echó a rodar, entonces, un proyecto que venía siendo negociado desde bastante antes por la docente. Avalada por el consejo de la facultad, el mismo día en que se elevó la carta de Achkar, la decana interina aprobó el proyecto de convenio "bajo responsabilidad de la doctora Leticia Burone". En el punto 2, aclaró que la resolución "no implica un posicionamiento de la FCIEN respecto a la prospección de hidrocarburos".
Trece días después, en el último CDC del año, en una sesión de más de cinco horas, el acuerdo sería aprobado, por 16 votos en 19, sin demasiada discusión. Los estudiantes levantaron la mano con el argumento de que si no se votaba en esa jornada se perdían los fondos. Solo una integrante del orden docente en esa sesión, Mariana Achugar, hizo algunas advertencias sobre la protección de los derechos ambientales, el interés público que subyace a los resultados de esta investigación y las cláusulas de confidencialidad: recordó que Uruguay firmó el Acuerdo de Escazú, nada menos que el que consagra los derechos de acceso a la información ambiental y la participación pública en procesos de toma de decisiones, así como el acceso a la justicia en el entorno ambiental (ley 19.773)[¹]. La también coordinadora de la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos lamentó la urgencia con la que hubo que tramitar el asunto. A pesar de esto, todos los presentes consideraron que las modificaciones realizadas por la Unidad de Propiedad Intelectual salvaban las contradicciones y el convenio quedó aprobado en no más de 15 minutos. Con todo, el orden docente no lo suscribió porque entendía que era mejor que el proyecto regresara al consejo de la FCIEN para que se ratificara quién sería la contraparte: la institución o la docente. Más allá de esto, Achugar comentó en diálogo con el semanario Brecha que la nueva redacción del convenio asegura el interés público de la información y que los agregados remiten a toda una serie de leyes aprobadas en Uruguay que avalan a la UdelaR a publicar los resultados. "Nosotros hicimos notar que la ley de acceso a la información pública deja por fuera las cuestiones de derechos humanos" –ponderó la docente–, y "el Acuerdo de Escazú establece que la información ambiental debe ser entregada sin necesidad de justificación". "Entonces es claro que no aplican las cláusulas de confidencialidad y así mismo lo dejó establecido el rector [Héctor Cancela]." De todas formas, cree que de cara al futuro la UdelaR debería ajustar la forma de redacción de este tipo de convenios, "ya que no queda del todo clara", y profundizar en cuestiones como los conflictos de interés.
Finalmente, Cristina, por la FCIEN, y Rivoir, por ANCAP, sellaron el acuerdo el 23 de enero. Los 100 mil dólares se pagarán en tres cuotas. El primer pago del 50 por ciento ya se remitía con la mera firma del acuerdo.
Más allá del resultado de la discusión institucional, Achkar declaró a Brecha que "a título personal" considera "inaceptables" en el contexto actual las cláusulas de confidencialidad asumidas por la facultad. Según su punto de vista, la UdelaR no puede comprometer de esta forma la democratización del conocimiento producido y el acceso de la sociedad a información de interés público en un asunto de esta relevancia.
En un reportaje publicado por el portal de la FCIEN[²], Burone resaltaba así otro de los aportes de la Sub-200: "Cumplimos uno de los objetivos, que era la democratización de la información, la alfabetización científica y oceanográfica". Durante todo el año pasado, ni Burone ni el oceanógrafo Carranza –el otro coordinador– se manifestaron públicamente sobre los impactos potenciales de la prospección sísmica de altos decibeles ni sobre los posibles efectos del modelo petrolero offshore en los ecosistemas marinos.
Otros científicos consultados advierten sobre una eventual cooptación de la ciencia por parte de intereses privados, considerando, además, que en este caso ANCAP está asociada con multinacionales para realizar una actividad extractiva de altísimo impacto en la plataforma marina, a cambio de un porcentaje de las ganancias. El caso, para distintos docentes, revela un dilema más profundo: las dificultades para lograr recursos genuinos en la UdelaR y la recurrencia a este tipo de cuestionables convenios "de los que se firman cientos por año" como forma de crear cargos signados por la precariedad. Pero, más allá de estas contradicciones en la universidad, vuelve a quedar en evidencia la vulnerabilidad en la protección de los ecosistemas. Las exploraciones petroleras vienen siendo efectuadas por todos los gobiernos sin la construcción de la famosa "línea de base". Este punto de partida riguroso –que permitiría conocer el antes y el después de la plataforma marina– debería estar disponible antes de las autorizaciones de las actividades productivas y debería ser de acceso público. Tampoco se ha avanzado, a pesar de los discursos, en la aprobación previa de ningún área protegida marina.
La Red Unión de la Costa expresó su "profunda preocupación" por el convenio, que, además, ya fue recurrido por la organización Derechos con Voz a través de la vía administrativa: "El conocimiento científico sobre el ambiente marino, especialmente cuando se genera en instituciones públicas, debe estar al servicio de la sociedad. Cuando ese conocimiento queda sujeto a cláusulas de confidencialidad y de revisión por parte de una empresa, se debilita uno de los pilares fundamentales de la ciencia: su carácter abierto, público y verificable". La red también cuestionó, en un duro comunicado, la transparencia del convenio, haciendo hincapié en las contrataciones "precarias" de los cargos grado 1 que participarán en la ejecución, e incluso cuestionó la falta de rendición de cuentas de los gastos totales del proyecto.
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[¹]Ley 19.773
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19773-2019
[²]Leticia Burone: "Hubo varios hitos en mi vida profesional y Uruguay Sub200 es la frutilla de la torta"
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Falkor Sub200 expedición en el mar uruguayo
¿El petróleo es el cangrejo debajo de la piedra?
- Distribución de los cañones submarinos en el espacio marino de Uruguay
https://www.ambiente.gub.uy/metadatos/index.php/metadata/md_iframe/261
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https://uruguaysub200.udelar.edu.uy/nosotros/
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https://earth.google.com/earth/d/1NG76wjsTFDOdvlPAEt4UyDRKR57gTE7t
5 – La INDDHH interpuso acción de amparo para detener la prospección sísmica offshore y proteger el ecosistema marino
(11.02.26)
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) presentó ante la Justicia una acción de amparo con el objetivo de detener de forma inmediata las actividades de prospección sísmica destinadas a la búsqueda de hidrocarburos en el mar territorial uruguayo. Esta medida judicial busca frenar los efectos nocivos e irreversibles que esta actividad genera sobre el medio ambiente y, en consecuencia, sobre la vida y los derechos fundamentales de las personas.
Presentación del recurso de amparo en el juzgado
La decisión de recurrir a la vía del amparo responde a la extrema urgencia de la situación. A pesar de que la INDDHH viene estudiando el tema desde abril de 2025 y recomendó medidas provisionales para suspender las autorizaciones, el Ministerio de Ambiente otorgó los permisos el pasado 5 de diciembre. El riesgo es inminente: el 2 de febrero arribaron los buques al puerto de Montevideo y está anunciado el inicio de las actividades para lo que resta del mes.
La Institución fundamenta su reclamo en la magnitud de los daños que la prospección sísmica genera, los cuales han sido advertidos por diversos académicos y científicos nacionales e internacionales:
- Impacto acústico extremo: Se utilizan cañones de aire que emiten detonaciones de entre 250 y 300 decibeles cada 6 a 20 segundos las 24 horas del día. El umbral de dolor para la vida marina comienza a los 120 decibeles y el de muerte a los 180.
Además, el peligro es alto para la vida humana, ya que el sonido se torna dañino a los 75 decibeles y doloroso alrededor de los 120. El oído humano necesita algo más de 16 horas de reposo para compensar 2 horas de exposición a 100 decibeles y superando los 180 decibeles, se entra en el umbral de muerte.
- Afectación a la biodiversidad: El ruido puede expandirse por más de 300.000 km², afectando gravemente a cetáceos, peces y zooplancton: genera confusión, problemas reproductivos y la muerte.
- Crisis climática: El impulso a la industria petrolera contradice los esfuerzos contra el calentamiento global y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
- Daño económico: Se advierte una grave afectación a la industria pesquera nacional debido a la perturbación de los ecosistemas y la destrucción de hábitats.
La INDDHH destaca que estas actividades se proyectan sobre su zona económica exclusiva, de alta sensibilidad biológica, razón por la cual muchas son áreas protegidas. Se trata de zonas que funcionan como puntos críticos de biodiversidad y santuarios de especies migratorias, como las ballenas y los delfines. Realizar estas prospecciones en lugares de tal relevancia ecológica constituye una violación al marco normativo vigente.
Todo esto denota una profunda contradicción en el accionar del Estado uruguayo. Mientras el país se posiciona a nivel internacional con una matriz energética basada casi totalmente en energías renovables y promueve la marca "Uruguay Natural", la autorización de exploraciones petroleras supone un retroceso en los derechos humanos ambientales y un incumplimiento de los compromisos internacionales asumidos.
Con esta acción, la INDDHH reafirma que la protección del medio ambiente sano es un derecho humano inalienable y que el Estado no puede ser el generador de la desprotección que está obligado a combatir.
PDF: Acción de amparo presentada para detener la prospección sísmica offshore
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo promueve acción de amparo contra el Estado Uruguayo -Poder Ejecutivo- en la persona del Ministerio de Ambiente (MA), la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) y el Ministerio de Industria, Minería y Energía, APA Exploration LDC, CGG Services (US) INC, PGS EXPLORATION (UK) LIMITED, y SEARCHER GEODATA UK LIMITED, en mérito a las siguientes circunstancias de hechos y fundamentos de derecho...
6 – Mariana Mota sobre rechazo al amparo para frenar búsqueda de petróleo: “Hubiera sido deseable que se discutiera el tema de fondo”
por Camila Méndez (la diaria, 03.03.26)
Tras la desestimación por parte del Tribunal de Apelaciones del recurso presentado por la Institución de Derechos Humanos, la presidenta del organismo manifestó que la actividad sísmica tendrá “impacto fuerte” y planteó la necesidad de que exista la justicia especializada en temáticas ambientales.
El Ministerio de Ambiente autorizó este viernes a la empresa CGG Services a que pueda comenzar su actividad sísmica en nuestra plataforma marina, con el objetivo de saber si existen o no hidrocarburos. La medida generó rápidamente repercusiones. Sin ir más lejos, organizaciones convocanron a una marcha en Montevideo. El lema seguirá la misma línea que otras instancias recientes: exigir “un mar libre de petroleras”. Por su parte, la Cámara de Industrias Pesqueras del Uruguay y la Cámara de Armadores Pesqueros del Uruguay pidieron al gobierno que “suspenda en forma inmediata las actividades de prospección sísmica”. En un comunicado difundido en las últimas horas a través de sus redes sociales, solicitaron que se “sancione a la empresa CGG Services por haber iniciado sus operaciones antes de contar con la autorización correspondiente, como se desprende de las comunicaciones del propio capitán del barco”.
Por si fuera poco, el lunes el Tribunal de Apelaciones en lo civil de 6° turno rechazó por mayoría la acción de amparo presentada en febrero por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH). La herramienta legal tenía como objetivo detener los proyectos de prospección sísmica. Sin embargo, fue desestimada por considerar que se presentó fuera del plazo establecido en la normativa. En este contexto, Mariana Mota, presidenta de la INDDHH, conversó con la diaria. Recordó que las compañías petroleras presentaron las iniciativas en 2024 y que a mediados de 2025, antes de que ella retornara a su cargo, el organismo le exigió al Poder Ejecutivo la “suspensión inmediata” de las autorizaciones vinculadas a la exploración de hidrocarburos tras haber analizado denuncias de organizaciones socioambientales. El Ministerio de Ambiente respondió en aquel momento que no había otorgado permisos. Sin embargo, el panorama cambió y las compañías petroleras obtuvieron parte de las habilitaciones en diciembre de 2025.
Mota destacó que “hay una cosa que es inevitable: estos trabajos tienen un impacto fuerte en el ambiente” y alertó que “no es suficientemente claro” que los organismos competentes tengan los “medios necesarios” para hacer una correcta fiscalización. Expresó que “se abren un montón de preguntas que no parecen claramente respondidas, por lo menos en lo que refiere a los condicionamientos que establece el Estado para que se desarrolle este proyecto”.
“La inminencia del inicio de las actividades nos planteó la posibilidad de presentar un recurso de amparo. Chocamos con la consideración que tiene la jurisprudencia en cuanto al cómputo de los plazos que establece la ley que regula el recurso de amparo”, lamentó. Enseguida, esgrimió que esta herramienta está “prevista a nivel internacional y también a nivel de la normativa interna como una garantía específica de protección de los derechos humanos”. “Tiene un trámite muy rápido porque se tiene que acreditar la inminencia del peligro de lesión o frustración de un derecho. Tiene un mecanismo excepcional. Se utiliza habitualmente en el trabajo judicial, lo invocan abogados generalmente con otras temáticas, como actos médicos o por acceso a medicamentos de alto costo. Tiene justamente la mirada de tratar de proteger un derecho que, si no se actúa rápidamente, puede ser gravemente lesionado. Transitamos por este recurso porque se venía el inicio de actividades de las petroleras que van a tener un impacto fuerte en el ambiente”, señaló.
Afirmó que en la interpretación de los plazos “coexisten” posturas y que la INDDHH fue al Tribunal de Apelaciones a “discutir que lo cierto y lo concreto es que el daño que se va a empezar a producir es inminente, porque ya empiezan los buques a trabajar”. Planteó que “hubiera sido deseable y necesario que se discutiera el tema de fondo”, es decir, la exploración y posible explotación de hidrocarburos, junto con los daños que podría ocasionar, y valoró el voto discorde de la ministra Mónica Bórtoli. “Debería haberse habilitado la discusión del tema de fondo, que ahora se ha cerrado justamente por una mirada formal en cuanto al cómputo de plazo”, acotó.
Al ser consultada sobre si los actores jurídicos deberían recibir formación específica vinculada a temáticas ambientales, Mota respondió: “Sin duda. El Acuerdo de Escazú, del cual Uruguay forma parte, es un acuerdo regional ambiental que tiene varios principios, como la participación ciudadana, el acceso a la información. El Estado tiene que comprometerse a dar la información de manera adecuada, veraz, accesible para que la población pueda participar. Otro principio del acuerdo es la existencia de una justicia especializada, justamente porque el tema ambiental es complejo, tiene aristas científicas, muy específicas. Es necesario que exista una justicia especializada en esta temática para poder abordarla y hacer una consideración cuando el derecho ambiental se encuentra vulnerado o cuando se reclama su protección. Esto demuestra una vez más que es necesario”, subrayó.
La presidenta de la INDDHH manifestó que, además, es “un derecho en constante cambio”. “La acción humana impacta en la naturaleza. Es una cosa que debemos conocer, ver cómo actuamos y observar de qué manera los diferentes elementos de la naturaleza necesitan protección. La ONU está tomando el tema hace muchos años y considera que son parte de los derechos humanos, y también se está hablando en otros organismos internacionales del derecho de la naturaleza. Estamos hablando de algo más allá del derecho humano; estamos hablando del derecho a la naturaleza”, contó. Enseguida, agregó que “hay una serie de términos y de conceptos que se han ido desarrollando” en las últimas décadas. Insistió en que “es necesario que la Justicia esté especializada, considere y tome estos temas, que sepa tramitar en forma adecuada recursos como estos y darles la debida atención” porque, “en definitiva, tiene que ver con una adecuada defensa de los derechos ambientales”.
Finalmente, dijo que la INDDHH “va a seguir mirando con cercanía cómo se desarrolla” la búsqueda de petróleo, va a “verificar” cómo el Estado cumple con los compromisos que asumió en las autorizaciones ambientales previas, “además de seguir insistiendo en que los daños ambientales que se produzcan tienen que verse con los principios de derecho ambiental que ha ratificado Uruguay en diferentes convenciones”.
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