Gestión Solicitud de Inspección Fitosanitaria de Tránsito de Productos Vegetales

¿Qué es?

Es la solicitud que el ciudadano realiza para transitar por el territorio nacional con Productos de Origen Vegetal (Plantas, sus partes, productos y subproductos de origen vegetal).

Deberán realizarse dos trámites: uno en el punto de ingreso al país de la mercadería en tránsito y otro en el punto de salida del territorio nacional.

¿De quién depende?

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

Dirección General de Servicios Agrícolas

División Protección Agrícola.

División Operaciones

Departamento de Pasos de Frontera.

¿Dónde y cuando se realiza el trámite o servicio?

En los Pasos de Frontera, según lista detallada en el documento controlado DOPER-LF-01.doc.

¿Qué se necesita para realizarlo?

•  Registro vigente en el RUO (Registro Único de Operadores de la Dirección General de Servicios Agrícolas, dependiente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca), tanto del exportador como del despachante de aduanas actuante.

•  Formulario Solicitud de Inspección de Mercadería en Paso de Frontera (Form.- 16/2002), con sus datos.

•  Número de DUA (Documento Único de Aduanas) Expedido por la Dirección Nacional de Aduanas.

•  Autorización de Tránsito Vegetal, autorizada por la División Protección Agrícola de la Dirección General de Servicios Agrícolas.

Forma de solicitud o acceso:

Solicitud, acompañada de los documentos requeridos en cada caso, por parte del titular o un representante debidamente autorizado en el RUO (Registro Único de Operadores de la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca), ante la Sección de ingreso de la mercadería a transitar. Luego de autorizado el tránsito, se deberá presentar ante la Sección de Salida de la mercadería, finalización del transito.

Costos:

•  Una gestión de Importación o exportación $77,66 (Setenta y siete con 66/00 pesos) en el punto de ingreso al país y otra en el punto de salida.

Otros Datos de interés a tener en cuenta:

El procedimiento para el tránsito consiste en:

•  Presentar la solicitud ante la División Protección Agrícola de la DGSA - Millán 4703.

•  Obtenida la autorización y dentro del plazo otorgado para transitar el interesado se presenta ante la Sección del Paso de Frontera de ingreso de la mercadería a transitar, con el envío y la autorización de tránsito y el formulario 16/2002. El Punto de ingreso verificará el tipo de envase o contenedor y de ser hermético precintará la carga y firmará una vía de la autorización de tránsito. Si la mercadería viene en un transporte no hermético se procederá a la inspección de la mercadería, de aprobarse, se autoriza el tránsito, previo precintado de la carga.

•  Luego se procederá a transitar por el territorio nacional, hasta el punto de salida, observando el plazo de autorizado para transitar.

•  Llegado al punto de Salida, se presenta ante la Sección de Paso de Frontera correspondiente con el formulario 16/2002, se controlará el precintado y firmará el formulario de autorización de tránsito, dando por finalizada la actuación. La mercadería no podrá permanecer en territorio nacional.

Duración o demora en la entrega:

Depende en cada caso de las características de la operación comercial, en general se realiza en el momento.

 

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Telefax: (598-2) 309 8410